Si quieres conseguir tu camiseta oficial del Real Oviedo S.A.D. rellena este formulario y comienza el proceso de contratación de luz/gas.
(Sólo el titular del punto de suministro-CUPS puede realizar este proceso).
Antes de comenzar, ten a mano tu DNI, una factura de luz/gas de tu compañía actual y el número de cuenta bancaria.
ntegración Europea de Energía S.A.U., con C.I.F.A74340464 y con domicilio en el Polígono Espíritu santo, C/ Dinamarca no 4, 33010 Oviedo, en adelante INTEGRA ENERGÍA, informa al participante en la promoción LuZeTuEnergia Real Oviedo de lo siguiente:
El plazo de vigencia de la presente promoción será desde Las 10:00 horas del día 22/09/2020 hasta las 00:00 horas del día 30/06/2021..
El cliente contrata la adquisición de la energía eléctrica con la comercializadora Integra Energía y, en su caso, la adquisición de gas natural canalizado.
El contrato se realiza dentro del denominado mercado libre, lo que implica que no resulta aplicable la percepción del bono social, a cuya aplicación deberá renunciar el cliente expresamente.
Si el cliente cumple los requisitos para ser consumidor vulnerable, puede solicitar a una de las empresas comercializadoras de referencia acogerse al bono social, que supone un descuento sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC).
El enlace a la página web de la CNMC donde el cliente encontrará los datos necesarios para contactar con la comercializadora de referencia es el siguiente: https://www.cnmc.es/ambitos-de-actuacion/energia/mercado-electrico#listados.
Adicionalmente, si el cliente cumple los requisitos para ser vulnerable severo, puede ponerse en contacto con los servicios sociales del municipio y comunidad autónoma donde reside, para que le informen sobre la posibilidad de atender el pago de su suministro de electricidad.
Los requisitos para ser consumidor vulnerable vienen recogidos en el artículo 3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica:
“Artículo 3 Definición de consumidor vulnerable
1. A los efectos de este real decreto y demás normativa de aplicación, tendrá la consideración de consumidor vulnerable el titular de un punto de suministro de electricidad en su vivienda habitual que, siendo persona física, esté acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y cumpla los restantes requisitos del presente artículo.
2. Para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable, deberá cumplir alguno de los requisitos siguientes:
a) Que su renta o, caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea igual o inferior:
– a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar;
– a 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;
– a 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
A estos efectos, se considera unidad familiar a la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
b) Estar en posesión del título de familia numerosa.
c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
3. Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas establecidos en el apartado 2.a) se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales:
a) Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
b) Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
c) Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
4. Cuando, cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor y, en su caso, la unidad familiar a la que pertenezca, tengan una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos en el apartado 2.a), incrementados en su caso conforme a lo dispuesto en el apartado 3, el consumidor será considerado vulnerable severo. Asimismo también será considerado vulnerable severo cuando el consumidor, y, en su caso, la unidad familiar a que pertenezca, tengan una renta anual inferior o igual a una vez el IPREM a 14 pagas o dos veces el mismo, en el caso de que se encuentre en la situación del apartado 2.c) o 2.b), respectivamente.
5. En todo caso, para que un consumidor sea considerado vulnerable deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos recogidos en el presente artículo en los términos que se establezcan por orden del Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital.”
La contratación implica la autorización y solicitud a Integra Energía para que la misma suscriba, como sustituto del titular, el contrato de acceso a redes con la distribuidora de zona y tramite el cambio de comercializadora.
En el siguiente cuadro figura el precio base del término de energía (variable) y el descuento inicial aplicado (en tarifas fijas un descuento del 10% en luz en tarifas de un solo periodo, 10% de descuento en P1 y 5% en P3 en tarifas de dos periodos y 0% en gas. En tarifas POOL un descuento del 38% en luz en tarifas de un solo periodo, 39% de descuento en P1 y 37% en tarifas de dos periodos y 0% en gas), además del precio del término fijo de la energía. Precio base y descuentos válidos para contrataciones realizadas hasta el 26/08/2020.
Se aplicará un descuento adicional del 5% sobre el término de energía (variable) en electricidad si se adhiere a la promoción. En el siguiente cuadro figura el precio base del término de energía (variable) y el precio con la aplicación del descuento adicional aplicado al adherirse a la promoción (en tarifas fijas descuento de 10%+5% en luz tarifas de un solo periodo, 10%+5% en P1 y 5%+5% en P3 para tarifas de dos periodos. En tarifas POOL descuento de 38%+5% en luz tarifas de un solo periodo, 39%+5% en P1 y 37%+5% en P3 para tarifas de dos periodos), además del precio del término fijo de la energía. Se aplicará un descuento del 15% sobre tarifa fija de gas y un 29% sobre la tarifa POOL de gas.
Si además de contratar la electricidad contrata también el gas se aplicará un descuento adicional del 2% sobre el término de energía (variable) en electricidad. En el siguiente cuadro figura el precio base del término de energía (variable) y el precio con la aplicación del descuento adicional aplicado al adherirse a la promoción (en tarifas fijas descuento de 10%+5%+2% en luz tarifas de un solo periodo, 10%+5%+2% en P1 y 5%+5%+2% en P3 para tarifas de dos periodos. En tarifas POOL descuento de 38%+5%+2% en luz tarifas de un solo periodo, 39%+5%+2% en P1 y 37%+5%+2% en P3 para tarifas de dos periodos), además del precio del término fijo de la energía. Se aplicará un descuento del 15% sobre tarifa fija de gas y un 29% sobre la tarifa POOL de gas.
Si además de contratar la electricidad contrata también el servicio O+ se aplicará un descuento adicional del 4% sobre el término de energía (variable) en electricidad. En el siguiente cuadro figura el precio base del término de energía (variable) y el precio con la aplicación del descuento adicional aplicado al adherirse a la promoción (en tarifas fijas descuento de 10%+5%+4% en luz tarifas de un solo periodo, 10%+5%+4% en P1 y 5%+5% en P3 para tarifas de dos periodos. En tarifas POOL descuento de 38%+5%+4% en luz tarifas de un solo periodo, 39%+5%+4% en P1 y 37%+5% en P3 para tarifas de dos periodos), además del precio del término fijo de la energía. Se aplicará un descuento del 18% sobre tarifa fija de gas y un 32% sobre la tarifa POOL de gas.
Si además de contratar la electricidad adhiriéndose a la promoción, contrata también el gas y el servicio O+ se aplicará un descuento adicional del 2% y otro del 4% sobre el término de energía (variable) en electricidad. En el siguiente cuadro figura el precio base del término de energía (variable) y el precio con la aplicación del descuento adicional aplicado al adherirse a la promoción (en tarifas fijas descuento de 10%+5%+2%+4% en luz tarifas de un solo periodo, 10%+5%+2%+4% en P1 y 5%+5%+2% en P3 para tarifas de dos periodos. En tarifas POOL descuento de 38%+5%+2%+4% en luz tarifas de un solo periodo, 39%+5%+2%+4% en P1 y 37%+5%+2% en P3 para tarifas de dos periodos), además del precio del término fijo de la energía. Se aplicará un descuento del 18% sobre tarifa fija de gas y un 32% sobre la tarifa POOL de gas.
Al precio le será de aplicación el 21% de IVA, el impuesto eléctrico del 5,11%, en el caso de la energía eléctrica y el 0,65 €/Gj del impuesto de hidrocarburos en el gas natural, así como cualquier otro que sustituya a los anteriores o que por disposición legal sea establecido.
En el caso de la electricidad, el precio podrá ser modificado, sin que ello suponga una modificación de contrato, por la variación en el coste de alguno de los componentes regulados que hubieran sido tenidos en cuenta para fijar el mismo, así como por la modificación o creación de cualquier coste que grave la actividad de comercialización de energía. Asimismo, si por cualquier disposición se modificara la estructura tarifaria y/o la denominación de las tarifas y/o sus periodos, estas serán ajustadas conforme a la misma. En el supuesto de que ello conlleve la aparición de nuevos periodos tarifarios, a los mismos se les aplicará el precio del periodo existente, en caso de tarifas actuales de un único periodo, y el del P1 para el resto de tarifas, sin que ello suponga modificación del contrato. Los precios del término de energía se podrán revisar por meses naturales en función de los precios de futuro de la electricidad publicados por el Operador del Mercado Ibérico de Futuros y Opciones (OMIP). En el caso de que Integra Energía modifique las condiciones económicas el cliente dispondrá de quince días para resolver el contrato, debiendo notificarlo fehacientemente, si el cliente no realiza tal comunicación se entenderá que acepta la modificación. Adicionalmente al precio de la energía el cliente está obligado al pago de: A.- Los excesos de energía reactiva y potencia de acuerdo a la normativa vigente. B.- El depósito de garantía que solicite la distribuidora. C.- La cantidad correspondiente al alquiler del equipo de medida. D.- Los gastos que repercuta la distribuidora en concepto de enganche, extensión, reconexión, verificación, etc. y todos aquellos necesarios para la creación del nuevo CUPS o para la ampliación del existente. E.- Las refacturaciones complementarias realizadas por la distribuidora. F.- Los consumos comunicados por la distribuidora no facturados previamente, sea cual fuere el motivo, si bien en caso de que el mismo sea un expediente de fraude, dicho consumo será facturado al precio base establecido en el Anexo de Precios. G.- Las modificaciones de precio que se produzcan por las diferencias entre las pérdidas medidas en transporte y distribución y las pérdidas estándares asignadas, según marque la normativa vigente. H.- Los intereses y gastos de devolución ocasionados por el impago establecidos en el apartado Forma y Plazos de Pago de las Condiciones Generales del Contrato. I.- Cualquier otro servicio que el CLIENTE contrate a INTEGRA ENERGÍA. J.- Cualquier otra obligación derivada de la normativa, de las presentes Condiciones Generales o de las acordadas en los Anexos. Al precio del término variable (energía) se les aplicará la actualización que corresponda, según las variaciones del IPC, a fecha 1 de enero de cada año, limitándose su posible disminución o incremento hasta un máximo del 1%, sin que ello suponga una modificación del contrato. Los precios establecidos no contemplan I.V.A/I.G.I.C ni el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) por lo que los precios facturados serán incrementados con la cantidad correspondiente a los mismos. Cualquier modificación de estos impuestos o el establecimiento de cualquier tipo de figura impositiva, carga o tasa se trasladarán al CLIENTE, sin que se pueda considerar modificación del contrato. K.- Si el cliente pertenece a alguna asociación/grupo con el que INTEGRA ENERGÍA tenga un acuerdo en virtud del cual sus asociados accedan a un precio bonificado, el cliente se podrá acoger a dicho precio previa petición expresa. En el caso de que el acuerdo con la asociación finalice y el cliente tenga contrato vigente con INTEGRA ENERGÍA está aplicará, desde esa fecha el precio pactado con el cliente en su momento, sin que ello suponga en ningún caso una modificación del contrato.
El CLIENTE pagará a INTEGRA ENERGÍA por la adquisición del Gas, durante el período de vigencia del contrato, el precio que se determina en el ANEXO DE PRECIOS. El precio estará vigente hasta la fecha de finalización del contrato, salvo modificaciones en la tarifa de acceso, peajes, cánones e I.P.C. a fecha 1 de enero de cada año, etc... que serán trasladadas al precio, sin que puedan ser consideradas modificaciones del contrato. Si por el motivo que fuere se produce un cambio de grupo tarifario de acceso asignado por la Empresa Distribuidora al punto de entrega de Gas del Cliente, se aplicará al Contrato los precios y condiciones de la nueva tarifa vigentes en INTEGRA ENERGÍA en el momento de la modificación. Si el cliente únicamente hubiera firmado contrato para un cups se aplicará el descuento firmado en dicho contrato. En el caso de que el cliente hubiera firmado contratos para varios cups con distintas tarifas, se aplicará, en su caso, el descuento firmado para la tarifa a la que se hubiera cambiado el cups, y si no hubiera firmado contrato para dicha tarifa se le aplicará el descuento más bajo de entre los contratos firmados. Este cambio del grupo tarifario, no imputable a INTEGRA ENERGÍA, en ningún caso se considerará modificación del contrato ni será causa de rescisión del mismo. INTEGRA ENERGÍA, podrá revisar los precios en función de la evolución de los mercados, si por ello modifica las condiciones económicas el CLIENTE dispondrá de quince días para resolver el contrato, debiendo notificarlo fehacientemente a INTEGRA ENERGÍA, si el CLIENTE no realiza tal comunicación se entenderá que acepta la modificación. Los peajes de acceso, cánones, derechos de acometida, enganche, verificación, alquiler de equipos, costes de inspecciones y cualquier otro concepto que facture o cobre la distribuidora, serán a cargo del Cliente. En particular, en el caso de que existan cánones sobre Instalaciones Receptoras Comunes (IRC) u otros cánones, se facturarán al Cliente los importes que facture la Empresa Distribuidora a la Comercializadora por este concepto en relación con el punto de entrega del Cliente. Igualmente, se repercutirá al Cliente cualquier importe reclamado por la Empresa Distribuidora debido a refacturaciones de consumos o que sea resultado de actas de inspección en relación con el punto de entrega de Gas del Cliente. Es obligación del cliente atender el pago de los conceptos detallados. Los precios establecidos no contemplan I.V.A/I.G.I.C ni aquellos impuestos, tasas, cánones o recargos que graven o puedan gravar la operación de venta de Gas Natural, los cuales serán añadidos al precio. Cualquier modificación de estos impuestos o el establecimiento de cualquier tipo de figura impositiva, carga o tasa se trasladarán al CLIENTE, sin que se pueda considerar modificación del contrato. A los precios del término fijo y del término variable se les aplicarán la actualización que corresponda, según las variaciones del IPC, a fecha 1 de enero de cada año, limitándose su posible disminución o incremento hasta un máximo del 1%, si bien el precio del término fijo no podrá ser inferior al oficial, vigente en cada momento, sin que ello suponga una modificación del contrato. Si el cliente pertenece a alguna asociación/grupo con el que INTEGRA ENERGÍA tenga un acuerdo en virtud del cual sus integrantes accedan a un precio bonificado, el cliente se podrá acoger a dicho precio previa petición expresa. En el caso de que el acuerdo entre INTEGRA ENERGÍA y la asociación finalice y el cliente tenga contrato vigente con INTEGRA ENERGÍA, esta aplicará desde ese momento el precio pactado con el cliente en su momento, sin que ello suponga en ningún caso una modificación del contrato
El pago se realizará por domiciliación bancaria mediante giro a la vista en la fecha de emisión de cada una de las facturas que mensualmente se generen.
Existe un servicio de atención al cliente donde se podrá dirigir al efecto de solicitar información, presentar quejas y/o reclamaciones y comunicar incidencias en relación al servicio contratado u ofertado. Pudiendo dirigirse a info@integraenergia.es, al teléfono gratuito de Atención al Cliente 800 808 208, a la dirección postal C/ Dinamarca, 4 POLÍGONO ESPÍRITU SANTO, 33010 OVIEDO – ASTURIAS, www.integraenergia.es y a cualquiera de las oficinas comerciales. Interpuesta una reclamación, si no fuera estimada o no hubiese sido contestada en el plazo de un mes desde su formulación el CLIENTE podrá interponer su reclamación ante la Junta Arbitral Nacional de Consumo, asimismo los usuarios que sean personas físicas podrán someter la controversia al Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante el procedimiento aprobado por el mismo, cuando tales controversias se refieran a sus derechos específicos como usuarios finales, incluidos todos los previstos en la Ley 24/2013 y sin perjuicio de las competencias del resto de Administraciones Públicas. No podrán ser objeto del procedimiento anterior las controversias que se encuentren reguladas por normativa distinta de la de protección específica de los usuarios finales de energía eléctrica. En su caso, para la resolución de litigios en línea conforme al Art. 14.1 del Reglamento (UE) 524/2013: La Comisión Europea facilita una plataforma de resolución de litigios en línea, la cual se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/consumers/odr/. Igualmente, el CLIENTE podrá ejercitar las acciones legales que le correspondan ante los Juzgados y Tribunales del lugar donde se presten los servicios.
Durante un plazo de 14 días naturales desde la contratación dispondrá de la posibilidad de desistir del contrato, sin necesidad de causa justificada, mediante comunicación expresa e inequívoca, pudiendo utilizar el cliente el documento que se adjuntará junto con el contrato que se le enviará mediante correo electrónico, o por cualquier otro medio en el que quede constancia de su recepción por Integra Energía.
En caso de desistimiento el cliente vendrá obligado, en su caso, a pagar la energía adquirida hasta el momento en el que una vez tramitado el desistimiento se produzca la reposición a su comercializadora original o, en su caso, la baja.
La duración del contrato será de doce meses desde la entrada en vigor del mismo, manteniéndose las condiciones económicas durante dicho periodo. Llegada la fecha de terminación, si el Cliente no ha suscrito nuevo contrato con INTEGRA ENERGÍA, y no ha notificado de manera fehaciente su intención de terminar el contrato solicitando baja definitiva del CUPS, INTEGRA ENERGÍA se reserva la facultad de dar continuación al presente contrato, rigiendo las presentes condiciones generales, si bien las condiciones económicas, a partir de ese momento, podrán variar tanto en el término fijo como en el término variable, en el que los descuentos podrán alcanzar un máximo de 15%. En el caso de clientes acogidos a 'Fórmula Pool' el precio mínimo y máximo del intervalo podrá ser reducido hasta los 5 €/MW. En ambos casos el cliente no tendrá compromiso de permanencia a partir de ese momento. En caso de nuevo contrato deberá ser expreso, ya sea por escrito o por medios telefónicos o telemáticos.El descuento del 5% aplicado por adherirse a la promoción LuZeTuEnergia Real Oviedo se podrá rescindir en el momento en el que el Real Oviedo e Integra Energía extingan su colaboración. Para el caso de que se contrate la adquisición de electricidad y gas, el cliente perderá el descuento del 2% adicional aplicado al término de energía eléctrica en el momento en el que se extinga el contrato de gas.
En caso de contratación de la adquisición de gas natural la duración será igualmente de doce meses desde la entrada en vigor del mismo, manteniéndose las condiciones económicas durante este periodo. Llegada la fecha de terminación, si el Cliente no ha suscrito nuevo contrato con INTEGRA ENERGÍA, y no ha notificado de manera fehaciente su intención de terminar el contrato, solicitando baja definitiva del CUPS, INTEGRA ENERGÍA se reserva la facultad de dar continuación al presente contrato, rigiendo estas condiciones generales, si bien las condiciones económicas, a partir de ese momento, se regirán conforme a lo establecido en la Cláusula VIGESIMOSEXTA relativa a las Condiciones “Fórmula Pool”, sin que el cliente tenga obligación de permanencia desde ese momento. En caso de nuevo contrato deberá ser expreso, ya sea por escrito o por medios telefónicos o telemáticos.El descuento del 5% aplicado por adherirse a la promoción LuZeTuEnergia Real Oviedo se podrá rescindir en el momento en el que el Real Oviedo, S.A.D. e Integra Energía extingan su colaboración.
La resolución unilateral del contrato de adquisición de energía eléctrica por el contratante antes de su primer año de duración o su rescisión por incumplimiento del mismo podrá dar lugar a una penalización de hasta el 5% del precio del contrato por la energía estimada pendiente de adquirir, excepto en caso de cambio de modalidad de contratación a PVPC, acreditando los requisitos para ser considerado vulnerable, siempre que no se modifiquen los parámetros recogidos en el contrato de acceso de terceros a la red, únicamente en el caso de que el cliente. Dicha penalización, en el supuesto de haber participado en la promoción LuZeTuEnergia Real Oviedo, no se aplicará en el caso de que el cliente, dentro de los tres primeros meses desde la activación del contrato de acceso a las redes, comunique a INTEGRA ENERGÍA, mediante correo electrónico enviado a la dirección info@integraenergia.es, su intención inequívoca de no querer continuar con el contrato suscrito, debiendo tramitar el cliente la baja/cambio de comercializadora del CUPS, que habrá de ser efectiva en el plazo máximo de 15 días desde dicha comunicación, si transcurrido dicho plazo el CUPS sigue comercializado por INTEGRA ENERGÍA, el precio variará y será el establecido en el Anexo de Precios sin aplicar los descuentos ofertados. En todo caso, en el supuesto de haber participado en la promoción LuZeTuEnergia Real Oviedo y haberse canjeado un cupón de entrega del incentivo vinculado al CUPS, se le cargará el valor de dicho incentivo, conforme se establece en las bases de la promoción https://promo.integraenergia.es/queremospresumirdetioviedo/, el cual en ningún caso tendrá la consideración de penalización.
Por su parte, la resolución del contrato de gas natural canalizado, por incumplimiento o por desistimiento unilateral de una de las partes dará lugar a una indemnización a favor de la otra consistente en el 10% del consumo estimado en kWh pendiente de adquirir, al que se le aplicará el precio base acordado en el anexo de precios.
Sin perjuicio de la anterior información, en el caso de la electricidad, si el Cliente firma el Anexo Fórmula a Pool se regirá por las siguientes estipulaciones: La Fórmula Pool parte de un precio fijo acordado entre el Cliente e INTEGRA ENERGÍA que figura en el Anexo de Precios. Por otra parte, el cliente e INTEGRA ENERGÍA han fijado, para los primeros doce meses de contrato, un intervalo en el que se establece un precio mínimo y un precio máximo de la energía, que podría coincidir, para cada uno de los periodos de la tarifa, que figura en el Anexo Fórmula Pool. Por parte de Integra se facturará al cliente por meses naturales, a ser posible, el día diez del mes posterior al facturado, conforme al precio fijo acordado e, igualmente, se le realizarán, en la misma factura, los ajustes pertinentes en función del resultado de la comparación o cotejo entre el precio medio aritmético del mes natural a facturar según OMIE, en adelante “precio medio”, y el intervalo establecido en el Anexo Fórmula Pool, en adelante el “intervalo”, de tal manera que si dicho “precio medio” está por encima o por debajo del precio máximo o mínimo del “intervalo”, por parte de INTEGRA ENERGÍA se realizarán al cliente los siguientes ajustes: Si el “precio medio” está por debajo del precio mínimo del “intervalo”, se realizará un ajuste a compensar, teniendo en cuenta la diferencia entre ambos importes que se multiplicará por el número de megas leídos. Si el “precio medio” es superior al precio máximo del “intervalo”, se realizará un ajuste a mayores, teniendo en cuenta la diferencia entre ambos importes, que se multiplicará por el número de megas a facturar. Dichas operaciones se realizarán para cada uno de los periodos de la tarifa del Cliente. La fórmula Pool puede llevar aparejado un coste financiero que, en todo caso, vendría especificado en el Anexo de Precios Fórmula Pool.
En el caso del GAS, si el Cliente firma el Anexo Fórmula Pool se regirá por las siguientes estipulaciones: La Fórmula Pool parte de un precio fijo acordado entre el Cliente e INTEGRA ENERGÍA, que figura en el Anexo de Precios. Por otra parte, el cliente e INTEGRA ENERGÍA fijan, en el Anexo Fórmula Pool Gas y para los primeros doce meses del contrato, un intervalo en el que se establece un precio mínimo y un precio máximo del gas natural, que podría coincidir. La facturación por parte de Integra se hará por meses naturales, a ser posible, el día diez del mes posterior al facturado, conforme al precio fijo acordado, realizándose, en la misma factura, los ajustes pertinentes en función del resultado de la comparación o cotejo entre el promedio aritmético del precio de compra marginal del mes natural a facturar, según las publicaciones de MIBGAS (Marginal purchase Price), en adelante “precio medio”, y el intervalo establecido en el Anexo Fórmula Pool, en adelante el “intervalo”, de tal manera que si dicho “precio medio” está por encima o por debajo del precio máximo o mínimo del “intervalo”, por parte de INTEGRA ENERGÍA se realizarán al cliente los siguientes ajustes: Si el “precio medio” está por debajo del precio mínimo del “intervalo”, se realizará un ajuste a compensar, teniendo en cuenta la diferencia entre ambos importes que se multiplicará por el número de megas a facturar. Si el “precio medio” es superior al precio máximo del “intervalo”, se realizará un ajuste a mayores, teniendo en cuenta la diferencia entre ambos importes, que se multiplicará por el número de megas a facturar. Si en el momento de la facturación Integra Energía no dispone de lectura real del mes a facturar, facilitada por la distribuidora, se calculará el consumo en base a las lecturas anteriores del CUPS, regularizándose la facturación, si fuera necesario y si se dispone de la lectura real de la distribuidora, en la factura o facturas posteriores. La fórmula Pool Gas puede llevar aparejado un coste financiero que, en todo caso, vendría especificado en el Anexo de Precios Fórmula Pool Gas. El acceso a las condiciones “Fórmula Pool Gas” está dirigido únicamente a tarifas de Gas 3.1, 3.2 y 3.3, que no dispongan de contrato a precio fijo en vigor con Integra Energía. Transcurridos doce meses desde la entrada en vigor de la “Fórmula Pool Gas”, si no se firma un nuevo contrato expreso, el precio mínimo y máximo del intervalo se establece en 3 €/MWh, sin que el cliente tenga obligación de permanencia desde ese momento. El mismo tratamiento se les dará a los clientes que accedan a las condiciones “Fórmula Pool Gas” por haber transcurrido los doce meses de su contrato a precio fijo, y no hubieran firmado otro expresamente.
Integra Energía dispone de un código de conducta que podrá solicitar mediante envío postal a la dirección C/ Dinamarca no 4, 33010 Oviedo.
- En cumplimiento del artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, se hace constar que ésta página corresponde a la entidad:
¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE TUS DATOS?
INTEGRACION EUROPEA DE ENERGIA, S.A.U.. CIF: A74340464
Domicilio: C/ DINAMARCA, 4 - BAJO, 33010, OVIEDO
Tfno: 984 033 400
Mail: dpo@integraenergia.es
Web: www.integraenergia.es
Inscripción de la entidad:
- Está inscrita en el Registro Mercantil de Asturias, Tomo: 4016, Libro: 0, Folio: 107, Hoja: AS44879, Inscripción: 1. Consta inscrita en el listado de comercializadores de energía eléctrica y de gas natural de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con el código: R2-469.
Delegado de Protección de Datos: dpasturias@prodat.es
- Puedes dirigirte de cualquier forma para comunicarte con nosotros.
- Nos reservamos el derecho a modificar o adaptar la presente Política de Privacidad en cualquier momento. Te recomendamos revisar la misma, y si te has registrado y accedes a tu cuenta o perfil, se te informará de las modificaciones.
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- Gestionar el servicio solicitado, contestartu solicitud, o tramitar tu petición.
- Información por medios electrónicos, que versen sobre tu solicitud.
- Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
- Realizar análisis y mejoras en la Web, sobre nuestros productos y servicios.
- Mejorar nuestra estrategia comercial
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- Todos nuestros formularios cuentas con el símbolo * en los datos obligatorios. Si no facilitas esos campos, o no marcas el checkbox de aceptación de la Política de Privacidad, no se permitirá el envío de la información.
- Normalmente tiene la siguiente fórmula: " Soy mayor de 14 años y he leído y acetpto la Política de Privacidad"
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- Información por medios electrónicos, que versen sobre tu solicitud.
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- Realizar análisis y mejoras en el envío de mailing, para mejorar nuestra estrategia comercial.
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- Información por medios electrónicos, que versen sobre tu solicitud.
- Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
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- Facturación y declaración de los impuestos oportunos.
- Realizar las transacciones que correspondan.
- Gestiones de control y recobro.
¿Con qué finalidades vamos a tratar tus datos personales?
- Valorar el grado de calidad en el servicio dispensado.
- Mejorar los servicios ofrecidos, en virtud del cumplimiento de la ISO.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
- La base legal es el consentimiento expreso del encuestado.
¿Con qué finalidades vamos a tratar tus datos personales?
- Información por medios electrónicos, que versen sobre tu solicitud.
- Información comercial o de eventos por medios electrónicos, siempre que exista autorización expresa.
- Gestionar los servicios administrativos, de comunicaciones y de logística realizados por el Responsable.
- Facturación.
- Realizar las transacciones que correspondan.
- Facturación y declaración de los impuestos oportunos.
- Gestiones de control y recobro.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
- La base legal es la aceptación de una relación contractual, o en su defecto, tu consentimiento al contactar con nosotros u ofrecernos sus productos por alguna vía.
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- Gestionar el servicio solicitado, contestar tu solicitud, o tramitar tu petición.
- Relacionarnos contigo y crear una comunidad de seguidores.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos personales?
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- Sólo podemos consultar o dar de baja tus datos de forma restringida al tener un perfil específico. Los tratremos tanto tiempo como tus nos dejes siguiéndonos, siendo amigos o dándole a "me gusta", "seguir" o botones similares.
- Cualquier rectificación de tus datos o restricción de información o de publicaciones debes realizarla a través de la configuración de tu perfil o usuario en la propia red social.
¿Con qué finalidades vamos a tratar tus datos personales?
- Organización de procesos de selección para la contratación de empleados.
- Citarte para entrevistas de trabajo y evaluar tu candidatura.
- Si nos has dado tu consentimiento, se lo podremos ceder a empresas colaboradoras o afines, con el único objetivo de ayudarte a encontrar empleo.
- Si marcas el checkbox de aceptación de la Política de Privacidad, nos das tu consentimiento para ceder tu solicitud de empleo a las entidades que componen el grupo de empresas con el objetivo de incluirte en sus procesos de selección personal.
- Asimismo, te comunicamos que transcurrido un año desde la recepción de tu currículum vitae, procederemos a su destrucción segura.
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de tus datos?
- La base legal es tu consentimiento inequívoco, al enviarnos tu CV.
¿Incluimos datos personales de terceras personas?
- No, como norma general sólo tratamos los datos que nos facilitan los titulares. Si nos aportas datos de terceros, deberás con carácter previo, informar y solicitar us consentimiento a dichas personas, o de lo contrario nos eximes de cualquier responsabilidad por el inclumplimiento de éste requisito.
¿Y datos de menores?
- No tratamos datos de menores de 14 años. por tanto, absténgase de facilitarlos si no tiene esa edad, o en su caso, de facilitar datos de terceros que no tengan la citada edad. INTEGRACION EUROPEA DE ENERGIA, S.A.U. se exime de cualquier responsabilidad por el incumplimiento de esta previsión.
¿Realizaremos comunicaciones por medios electrónicos?
- Sólo se realizarán para gestionar tu solicitud, si es uno de los medios de contacto que nos ha facilitado.
- Si realizamos comunicaciones comerciales habrán sido previa expresamente autorizadas por ti.
¿Qué medidas de seguridad aplicamos?
- Puedes estar tranquilo: Hemos adoptado un nivel óptimo de protección de los datos personales que manejamos, y hemos instalado todos los medios y medidas técnicas a nuestra dispsición según el estado de la tecnología para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robos de los datos personales.
¿A qué destinatarios se comunicarán tus datos?
- Tus datos no se cederán a terceros, salvo obligación legal. En concreto se comunicarán a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a los bancos y entidades financieras para el cobro del servicio prestado o producto adquirido, como a los encargados del tratamiento necesarios para la ejecución del acuerdo.
- En caso de compra o pago, si eliges alguna aplicación, web, plataforma, tarjeta bancaria, o algún otro servicio online, tus datos se cederán a esa plataforma o se tratarán en su entorno, siempre con la máxima seguridad.
- Cuando se lo ordenemos, tendrán accceso a nuestra web de la empresa de desarrollo y mantenimiento web, o la de hosting. las mismas tendrán firmado un contrato de prestación de servicios que les obliga a mantener el mismo nivel de privacidad que nosotros.
- Cualquier transferencia internacional de datos al usar aplicaciones americanas, estará adherida al convenio Privacy Shield, que garantiza que las empresas de software americano cumplen las políticas de protección de datos europeas en materia de privacidad.
¿Qué derechos tienes?
- A saber si estamos tratando tus datos o no.
- A acceder a tus datos personales.
- A solicitar la rectificación de tus datos si son inexactos.
- A solicitar la supresión de tus datos si ya no son necesarios para los fines para los que fueron recogidos o si nos retiras el consentimiento otorgado.
- A solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en algunos supuestos, en cuyo caso sólo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente.
- A portar tus datos, que te serán facilitados en un formato estructurado, de uso común o lectura mecánica. Si lo prefieres, se los podemos enviar al nuevo responsable que nos designes. Sólo es válido en determinados supuestos.
- A presentar una reclamación ante la Agencia Española de protección de Datos o autoridad de control competente, si crees que no te hemos atendido correctamente.
- A revocar el consentimiento para cualquier tratamiento para que el que hayas consentido, en cualquier momento.
- Si modificas algún dato, te agradecemos que nos lo comuniques para mantenerlos actualizados.
¿Quieres un formulario para el ejercicio de Derechos?
- Tenemos formularios para el ejercicio de tus derechos, pídenoslo por email o si lo prefieres, puedes usar los elaborados por la Agencia Española de Protección de Datos o terceros.
- Estos formularios deben ir firmados electrónicamente o ser acompañados de fotocopia del DNI.
- Si te representa alguien, debes adjuntarnos copia de su DNI, o que lo firme con su firma electrónica.
- Los formularios pueden ser presentados presencialmente, enviados por carta o por email en la dirección del Responsable al inicio de este texto.
¿Cuánto tardamos en contestarte al Ejercicio de Derechos?
- Depende del derecho, pero como máximo en un mes desde tu solicitud, y dos meses si el tema es muy complejo y te notificamos que necesitamos más tiempo.
¿Tratamos cookies?
- Si usamos otro tipo de cookies que no sean las necesarias, podrás consultar la politica de cookies en el enlace correspondiente desde el inicio de nuestra web.
¿Durante cuánto tiempo vamos a mantener tus datos personales?
- Los datos personales serán mantenidos mientras sigas vinculado con nosotros.
- Una vez te desvincules, los datos personales tratados en cada finalidad se mantendrán durante los plazos legalmente previstos, incluído el plazo en el que un juez o tribunal los pueda requerir atendiendo al plazo de prescripción de acciones judiciales.
- Los datos tratados se mantendrán en tanto no expiren los plazos legales aludidos anteriormente, si hubiera obligación legal de mantenimiento, o de no existir ese plazo legal, hasta que el interesado solicite su supresión o revoque el consentimiento otorgado.
- Mantendremos toda la información y comunicaciones relativas a tu compra o a la prestaciñon de nuestro servicio, mientras duren las garantías de los productos o servicios, para atender posibles reclamaciones.
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